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Preguntas y Respuestas Frecuentes

El sujeto obligado ofrece una lista de preguntas frecuentes con las respectivas respuestas, relacionadas con su gestión y los servicios y trámites que presta. Esta debe actualizarse periódicamente de acuerdo con las consultas realizadas por los usuarios, ciudadanos y grupos de interés a través de los diferentes canales disponibles.

¿Qué se entiende en el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- por estrategia de ordenamiento?

Es la forma como el Distrito quiere ordenar el territorio urbano de expansión y rural en el
largo plazo, para lo cual estableció tres principios básicos:
1. Protección al ambiente y los recursos naturales.
2. Perfeccionamiento y optimización de infraestructura para la movilidad, prestación de
servicios públicos y sociales con enfoque regional.
3. Integración socio-económica y espacial del territorio urbano-rural.
Para lograr lo anterior, el Distrito estableció tres estructuras que permiten orientar la toma de
decisiones, estas son:
- La estructura ecológica principal: hace referencia a los bienes y servicios ambientales que
permiten el desarrollo sostenible.
- Funcional de servicios: hace referencia a los sistema de movilidad, equipamientos, espacio
público construido, la prestación de los servicios públicos
- Socioeconómica y espacial: equilibrio en términos sociales, de servicios urbanos y de
integración.

¿Qué se entiende por conurbación?

Fenómeno mediante el cual se presenta pérdida del límite físico de los territorios por efecto
de la expansión urbana entre jurisdicciones.
Un caso puntual de conurbación es el existente entre el municipio de Soacha y Bogotá, en el
que la línea divisoria de los territorios se ha perdido debido al rápido crecimiento de sus
poblaciones. Este fenómeno ha obedecido especialmente a la atracción que ejerce la Capital
de la República como principal núcleo urbano del país sobre otros municipios, en particular
por su oferta laboral y de servicios.

¿Qué se entiende por convergencia regional?

Es la tendencia de un territorio en alcanzar el nivel de otro territorio en términos de
dimensiones económicas o de bienestar.
El Plan de Desarrollo ‘Bogotá Humana’, en aras de consolidar el proceso de integración entre
la ciudad y la región, se estableció como meta “Mejorar el índice de convergencia entre
Bogotá y su área de influencia” (PDD 2012-2016, 400). Por esta razón, se realizó un estudio
para elaborar el diseño metodológico del índice de convergencia regional, la identificación de
la información requerida para su construcción, un cálculo aproximado del mismo con la
información disponible y recomendaciones de política de acuerdo a los resultados. Mediante
el índice de convergencia regional el Distrito Capital busca cuantificar la brecha existente
entre Bogotá y sus territorios vecinos con el fin de tener un precedente y evaluar las políticas
desarrolladas en materia de integración con su área de influencia.

¿Qué se entiende por esquemas asociativos territoriales?

Son figuras que, en términos de ley, permiten consolidar procesos de trabajo articulado entre
entidades territoriales. La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Ley 1454 de 2011, en su
artículo 10 establece “Constituirán esquemas asociativos las regiones administrativas y de
planificación, las regiones de planeación y gestión, las asociaciones de departamentos, las
áreas metropolitanas, las asociaciones de distritos especiales, las provincias administrativas
y de planificación, y las asociaciones de municipios”.

¿Qué son las cargas y beneficios?

El reparto de cargas y beneficios en un plan parcial son las obligaciones que se traducen en
la financiación de las cargas urbanísticas, inversiones que posibilitan la ejecución de
componentes públicos tales como la infraestructura vial, las redes de servicios públicos, la
estructura ecológica principal, parques, zonas verdes y equipamientos.
También son cargas urbanísticas los costos asociados a la formulación y gestión de los
procesos de planificación de la operación urbana del plan parcial, así como la gestión social y
la mitigación de impactos de ésta sobre los habitantes de la zona.
Los beneficios son los metros cuadrados de cada producto inmobiliario, traducidos en la
edificabilidad permitida en la zona ámbito del plan y que finalmente se traduce en los
ingresos por la venta del suelo urbanizado.

Fuente: Ley 388 de 1.997 - Decreto 190 de 2004

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