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Equidad y Políticas Poblacionales

Víctimas

Clasificación: 
Condición o Situación
Condición o Situación: 
Víctimas

¿Quiénes son las victimas que contempla la ley 1448 de 2011?

“Se consideran víctimas, para los efectos de esta ley, aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno”. Artículo 3 de la Ley 1148 de 2011.

La Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación es la entidad encargada de “Asesorar al/la Alcalde/s Mayor en la implementación de la Política Pública Nacional de Atención, Asistencia y Reparación a Víctimas del Conflicto Armado y así como en la formulación de la política pública distrital de víctimas, memoria, paz y reconciliación, y coordinar su ejecución a través de las Direcciones de la dependencia, propendiendo por la igualdad y garantizando el enfoque de derechos” Artículo 7º del Decreto 140 de 2021.

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