La Secretaría Distrital de Planeación (SDP) informa a la ciudadanía interesada en la expedición de conceptos de uso de suelo y norma urbanística, que a partir del 8 de agosto del año en curso, estos trámites deben radicarse directamente en las curadurías urbanas de Bogotá.
En ese sentido, las solicitudes que sean radicadas ante la SDP, serán remitidas para su distribución entre los curadores urbanos del Distrito Capital.
Si necesitas realizar una solicitud relacionada con estos conceptos, ten presente los siguientes datos de contacto:
Curaduría Urbana No. 1
Correo: info@curadura1bogota.com
Portal web: https://curaduria1.com.co/
Dirección: Autopista Norte No. 95 - 31
Teléfono: 601 241 11 11
Curaduría Urbana No. 2
Correo: info@curaduria2bogota.com
Portal web: https://curaduria2bogota.com/
Dirección: Carrera 13A No. 96-24
Teléfono: 601 441 45 73
Celular: 311 485 7338
Curaduría Urbana No. 3
Correo: correspondencia@curaduria3bogota.com
Portal web: https://curaduria3bogota.com/
Dirección: Calle 97 No. 13 - 55
Celular: 316 818 4509
Teléfono: 601 635 30 50 Ext: 1000
Curaduría Urbana No. 4
Correo: servicioalcliente@curaduria4.com.co
Portal web: https://www.curaduria4.com.co/index.html
Dirección: AK 45 (Autopista Norte) No. 93-07
Celular: 322 4422540
Teléfono: 601 555 29 93
Curaduría Urbana No. 5
Correo: info@curaduria5bogota.com.co
Portal web: https://www.curaduria5bogota.com.co/
Dirección: CL 95 No. 11A - 94
Teléfono: 601 316 49 00
Es importante destacar que, en relación con la expedición de los concepto de usos de suelo y norma urbanística, el Parágrafo 4 del artículo 2.2.6.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 determinó que el estudio y trámite de dichos conceptos corresponde a los curadores urbanos en aquellos municipios y distritos que cuenten con dicha figura, como es el caso de Bogotá.
Adicionalmente, la SDP emitió la Circular 031 del 4 de agosto de 2023, mediante la cual determinó que las solicitudes de conceptos de norma urbanística y uso del suelo radicadas por la ciudadanía ante la entidad, serán remitidas al curador urbano encargado del reparto. La Secretaría Distrital de Planeación informará a las y los peticionarios del traslado correspondiente. Por su parte, las curadurías urbanas comunicarán a quienes hacen la solicitud sobre los requisitos dispuestos para la obtención del concepto.