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La Secretaría de Planeación no resolverá el trámite para solicitud de licencias de intervención del espacio público

Por: mtrivino
Publicado el: Jueves 24 de Marzo 2022
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Imagen de funcionario atendiendo a ciudadano

La Secretaría Distrital de Planeación informa a toda la ciudadanía que a partir del próximo 31 de marzo las solicitudes de licencias de intervención del espacio público no serán resueltas por la Secretaría Distrital de Planeación y deberán ser radicadas ante las entidades competentes de acuerdo con su especialidad.

Se recuerda a la ciudadanía que el espacio público puede ser intervenido por particulares a través del trámite de licencia de intervención y ocupación del espacio público. Al respecto, el Decreto 1077 de 2015, define esta clase de licencia urbanística como, “(…) la autorización previa para ocupar o para intervenir bienes de uso público incluidos en el espacio público, de conformidad con las normas urbanísticas adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial, en los instrumentos que lo desarrollen y complementen y demás normatividad vigente. (…)”.

Este trámite venía siendo adelantado por la Secretaría Distrital de Planeación, no obstante, se informa que el pasado 29 de diciembre fue expedido el Decreto 555 de 2021 por medio del cual se adopta el nuevo Plan de Ordenamiento Territorial Bogotá Reverdece 2022 – 2035, y en su artículo 145 establece que la competencia para la expedición de Licencias de Intervención y Ocupación del Espacio Público cambia a partir de los tres meses siguientes a su expedición. Por lo tanto, la competencia para el trámite de esas licencias será asumida a partir del 31 de marzo de 2022 por las siguientes entidades:

Entidad

Especialidad

Instituto Distrital de Patrimonio

Intervenciones de los espacios públicos con valor patrimonial, espacios públicos declarados como Bienes de Interés Cultural y el espacio público localizado en los Sectores de Interés Cultural.

Instituto Distrital para las Artes – IDARTES

Autorizar la ubicación de expresiones artísticas de carácter permanente en el espacio público del Distrito Capital.

Instituto de Desarrollo Urbano 

Autorizar la reconstrucción, rehabilitación o redistribución de cualquiera de las franjas funcionales de las calles que conforman el espacio público para la movilidad.

Autorizar las obras requeridas por las empresas de servicios públicos o los particulares que intervengan el espacio público.

Autorizar la utilización del espacio aéreo o del subsuelo para generar elementos de enlace urbano entre inmuebles privados, o entre inmuebles privados y elementos del espacio público.

Instituto Distrital de Recreación y Deporte

Autorizar la reconstrucción o rehabilitación parques tanto de la escala estructurante como de la de proximidad.

 

Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 145 del Decreto Distrital 555 de 2021 - Plan de Ordenamiento Territorial Bogotá Reverdece que puede consultar en el siguiente link:

https://www.sdp.gov.co/micrositios/pot/decreto-pot-bogota-2021