“Por medio del cual se NIEGA la viabilidad del concepto de factibilidad para la ubicación de los elementos que conforman una Estación Radioeléctrica denominada “BOG CAN 15”, a localizarse en la Calle 7 con carrera 1 este de la localidad de LA CANDELARIA, en la ciudad de Bogotá, D.C., en un espacio considerado BIEN DE USO PÚBLICO”.