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Preguntas y Respuestas Frecuentes

El sujeto obligado ofrece una lista de preguntas frecuentes con las respectivas respuestas, relacionadas con su gestión y los servicios y trámites que presta. Esta debe actualizarse periódicamente de acuerdo con las consultas realizadas por los usuarios, ciudadanos y grupos de interés a través de los diferentes canales disponibles.

¿Cuál es el ámbito territorial de la estrategia de integración regional de Bogotá?

Las relaciones de Bogotá van más allá del departamento de Cundinamarca, sus acciones de
integración contemplan los departamentos de Boyacá, Meta y Tolima. Este panorama se
retoma bajo una mirada multiescalar de la integración regional donde cada escala tiene sus
propias dinámicas y temporalidades.
Las escalas mediante las cuales el Distrito orienta sus acciones en materia de integración
regional son: la escala de borde, la subregional y la regional. La escala de Borde hace
referencia al entorno inmediato con el cual se espera armonizar asuntos asociados a los
instrumentos de ordenamiento territorial, usos del suelo, movilidad y de la estructura
ecológica principal; la escala subregional abarca a Bogotá y los 116 municipios de
Cundinamarca y la escala regional comprende al Distrito Capital y a los departamentos de
Cundinamarca, Meta, Tolima y Boyacá.

¿Cuál es el objetivo de los planes de implantación?

Es evitar los impactos urbanísticos negativos en las zonas de influencia de los predios en los
que se vayan a desarrollar los usos que son objeto de la formulación.
Fuente: Decreto 1119 de 2000
Mayor información: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5013

¿Cuál es el objetivo de los planes de regularización y manejo?

Los objetivos de los planes de regularización y manejo son:
- Mitigar los impactos urbanísticos negativos originados por el desarrollo de usos
dotacionales.
- Contribuir al equilibrio urbanístico del sector de influencia de los usos dotacionales.
- Definir pautas para el reconocimiento y regularización del uso dotacional, una vez se
establezca su viabilidad.
Fuente: Decreto 430 de 2005
Mayor información: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18327

¿Cuál es el procedimiento a seguir en caso que una Unidad de Planeación Zonal -UPZpresente algún tipo de imprecisión, vacío normativo o contradicción en la reglamentación?

Se estudia el caso en la Dirección de Norma Urbana y se evalúa la procedencia o no del
ajuste respectivo mediante el acto administrativo correspondiente.

¿Cuál es el término establecido para que la Secretaría Distrital de Planeación resuelva los recursos de vía administrativa?

La Secretaría Distrital de Planeación -SDP- cuenta con un término de dos meses, contados a
partir de la fecha de la interposición de los recursos de reposición, apelación y queja que
sean sometidos a su conocimiento.
Mayor información: Artículo 86 de la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Artículo 42 del Decreto 1469 de 2010.

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